El Gerente Ejecutivo de la Administración de Servicios Portuarios de Bolivia (ASP-B), David Sánchez, destacó la aprobación del decreto legislativo de Cabotaje en la república de Perú que permitirá a Bolivia trasladar su carga desde Puerto del Callao hasta el Puerto de Ilo.
La ASP-B elogió la normativa que mejorará las alternativas en el puerto de Ilo. “En varias audiencias públicas con congresistas de Perú, se les explicó que para poder utilizar el puerto de Ilo con carga boliviana, hay que trabajar en las áreas naviera, portuaria y terrestre. En la parte naviera había una necesidad de una ley de cabotaje que permita movilizar cargas de puertos hub (grandes) a puertos chicos como Ilo. Esta ley es el resultado importante de estas reuniones y los gabinetes binacionales”, señaló el gerente de la ASP-B, David Sánchez.
Esta ley abre la posibilidad para que los barcos puedan movilizar carga, en menor cantidad y con barcos más pequeños, desde el Puerto del Callao al Puerto Ilo con mayores facilidades y mejores costos. Sánchez aseguró que la aprobación de la Ley de Cabotaje es el resultado de las negociaciones y diálogo entre autoridades de Bolivia y Perú y abre nuevas posibilidades al comercio exterior boliviano.
“Sobre todo es el resultado de estos gabinetes binacionales que se han llevado a cabo en los últimos cuatro años”, agregó al explicar que la ASP-B tiene una agenda permanente con autoridades del Perú, entre ellas las del Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC) que juega un rol importante y los congresistas de ese país, pero también con los Ministerios bolivianos involucrados en el tema. La coordinación de la ASP-B con el Ministerio de Obras Públicas Servicios y Vivienda y Cancillería ayudará a poner en agenda la aspiración de la ASP-B como enlace logístico.
El decreto legislativo Nº 1413, publicado el 13 de septiembre en el Diario Oficial El Peruano, tiene como finalidad generar una alternativa competitiva de transporte de pasajeros y carga en la costa peruana. La norma se aplica a todas las personas naturales o jurídicas, de derecho público o privado y entidades de la administración pública vinculadas al transporte marítimo de pasajeros y de carga en el país, pero se excluye al transporte de líquidos a granel, distintos al gas natural licuefactado.
*En la República del Perú, un decreto legislativo es equivalente a una Ley, ya que lo aprueba el Ejecutivo por delegación del Congreso.
//GNQ//